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Estatutos Sociales

Índice

Art. 9.: ADQUISICION DE LA CONDICION DE MIEMBRO ASOCIADO Y PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN

 

A). – MIEMBROS ASOCIADOS

 

Las entidades que deseen integrarse en la UNASORD como Miembros Asociados, deberán solicitar su admisión a la Junta Directiva, siendo aceptadas provisionalmente por mayoría simple y ratificada posteriormente por la Asamblea General. Si fueran de nueva creación, deberán solicitar informe a la UNASORD para recabar su opinión sobre el borrador de sus Estatutos Sociales, antes de su aprobación.

Para la tramitación de su incorporación a la UNASORD los candidatos a Miembros Asociados deberán aportar lo siguiente:

 

1. Certificación del Acta de la Asamblea General de la Asociación en la que conste el acuerdo expreso de afiliarse a la UNASORD

 

2. Fotocopia del Acta Fundacional y de los Estatutos, una vez hayan sido inscritos en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía correspondiente.

 

3. Relación nominal de los miembros del órgano de representación, especificando si son personas sordas u oyentes.

 

4. Certificación del número de personas sordas y/o con discapacidad auditiva afiliadas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

 

5. Fotocopia de la Acreditación de la inscripción en el correspondiente Registro de Asociaciones de Andalucía.

 

6. Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.

 

7. Dos fotografías tamaño carné, de la persona que ostenta la Presidencia, para su acreditación.

 

8. Importe de la cuota de entrada.

 

9. Importe de la cuota anual que será proporcional al número de personas afiliadas.

B). – MIEMBROS COLABORADORES

 

Las personas físicas o jurídicas que deseen afiliarse a la UNASORD como Miembros Colaboradores deberán solicitar su admisión a la Junta Directiva.

 

Para la tramitación de su incorporación a la UNASORD las personas candidatas a Miembros Colaboradores deberán aportar la misma documentación relacionada en el apartado anterior, si bien solamente en lo que les sea aplicable teniendo en cuenta su naturaleza jurídica.

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