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Estatutos Sociales
Índice
Art. 22.: FUNCIONES
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
1. Velar por el cumplimiento de los fines emanados de los Estatutos.
7. Elaborar la Memoria anual de actividades para su informe a la Asamblea General.
14. Otorgar el reconocimiento y distinciones de carácter honorífico a entidades o personas físicas por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante al desarrollo de la UNASORD que deberá ser ratificado por la Asamblea General.
15. Apoyar a las asociaciones miembros asociados en la consecución de servicios de atención a personas sordas para que cumplan con los objetivos de la UNASORD.
Todas aquellas otras funciones que no estén reservadas en exclusiva por la Ley o los Estatutos a la Asamblea General.